CNDH acredita negligencia de CFE tras muerte de una persona electrocutada en Saltillo

agosto 23, 2022
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CFE CNDH Saltillo

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 151/2022 al director general de la Comisión Federal de Electricidad-Distribución (CFE-Distribución), Guillermo Narváez Elizondo, tras el fallecimiento de una persona electrocutada por cables instalados sin protección y fuera de norma en el municipio de Saltillo, Coahuila.

A través de un comunicado, la CNDH informó que se acreditaron violaciones a los derechos humanos a la vida y a una vivienda adecuada, como consecuencia de la indebida instalación de cableado eléctrico de media tensión, propiedad de la CFE, que derivó en la muerte de la víctima.

Por ello, emplazó a Narváez Elizondo, para que proceda a la inmediata reparación de daños ocasionados en favor de, al menos, cuatro personas familiares directas de la víctima, quienes resultaron afectadas por el fatal accidente.

Los hechos ocurrieron el 21 de diciembre de 2020, cuando la víctima se encontraba haciendo reparaciones en el techo del inmueble donde vivía y sufrió una descarga eléctrica por contacto accidental con los cables que estaban colocados a baja distancia en la azotea del inmueble ubicado en la colonia Privadas de la Torre.

El organismo autónomo verificó que, previo al accidente que originó la queja, la CFE-Distribución incumplía la normativa sobre la distancia mínima que debe existir entre las líneas de distribución de energía eléctrica de su propiedad y la edificación en donde ocurrieron los hechos.

Asimismo, acreditó que la empresa sigue incumpliendo y no ha realizado acciones para garantizar condiciones adecuadas de seguridad y las acciones correctivas pertinentes, lo que constituye un riesgo para cualquier otra persona que habite o recurra a la vivienda donde se presentó el accidente.

En sus consideraciones, la CNDH destaca que, contrario a lo que sostiene la CFE, la víctima no incurrió en negligencia alguna, ya que se encontraba en la azotea de una propiedad destinada al uso habitacional, donde no debía existir ningún agente externo que implicara riesgo a su integridad personal y mucho menos a su vida.

A la par, se evidenció el incumplimiento por parte de la CFE, de las medidas y requisitos correspondientes para la instalación y mantenimiento de las redes de distribución, al infringir lo establecido en los instrumentos técnicos y normativos que regulan las instalaciones destinadas a la utilización de energía eléctrica, a fin de que ofrezcan condiciones adecuadas de seguridad para las personas y sus propiedades.

La Comisión consideró que los hechos no solo evidencian la violación a las obligaciones para el respeto y protección del derecho a la vida, sino que, al implicar riesgos se acredita también la violación del derecho humano a una vivienda adecuada, y se advierte responsabilidad institucional de la CFE-Distribución por la omisión de respetar las medidas mínimas de seguridad necesarias.

Con respecto a la reparación del daño a la que fue requerida CFE-Distribución, deberá incluir una compensación justa en términos de la Ley General de Víctimas y se deberá otorgar a los familiares agraviados por el deceso, la atención médica, psicológica y tanatológica que requieran, de forma gratuita, inmediata y en un lugar accesible.

La CNDH solicita, además, que en un plazo no mayor a tres meses, se obtenga un dictamen sobre el estado físico y de seguridad que guardan las líneas conductoras de electricidad asociadas al lugar de los hechos, y se lleven a cabo las acciones correctivas necesarias de protección y aislamiento, así como para la red de energía eléctrica cercana al inmueble y sus viviendas o construcciones aledañas.

Asimismo, pide que se instruya al gerente divisional de la CFE-Distribución División Golfo Norte para que se implementen medidas de prevención y supervisión de las instalaciones eléctricas a su cargo.
También se solicita que las autoridades de la CFE colaboren en la presentación y seguimiento de la denuncia que se presente ante la Unidad de Responsabilidades de la empresa, en contra de los servidores públicos que resulten responsables.

Como medida de no repetición, se pide que la empresa diseñe e imparta un curso de capacitación dirigido al personal de CFE-Distribución División Golfo Norte, en materia de derechos humanos, y específicamente relacionado con los requerimientos de seguridad previstos en las disposiciones legales, reglamentarias y normativas que regulan el servicio público de distribución de energía eléctrica.

Por último, se solicita al titular de la CFE-Distribución, Guillermo Narváez que se hagan llegar oportunamente a la CNDH las constancias que acrediten el cumplimiento de cada una de las medidas
recomendadas, en los plazos y términos establecidos.

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