Expiden Ley de Transparencia en Coahuila

junio 24, 2025
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Foto: César Espinoza/El Coahuilense.

Por Ana Castañuela 

Saltillo, Coahuila.- Con el fin de armonizar el marco legal estatal a las disposiciones en materia de transparencia y acceso a la información, por mayoría de votos el Congreso de Coahuila aprobó el dictamen por el que se expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado. 

La reforma impulsada por el ejecutivo estatal Manolo Jiménez también contempla un cambio en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila. 

El Poder Ejecutivo será la autoridad responsable de garantizar el derecho de acceso a la información pública y protección de datos personales en posesión de las personas sujetas obligadas, y será la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas supervisará su cumplimiento. 

Según el dictamen aunque el Instituto Coahuilense de Acceso a la Información queda extinto conservará su personalidad jurídica únicamente para trámites relativos a la entrega-recepción y liquidación durante los próximos 20 días.

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La Ley de Transparencia y Acceso a la Información establece los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información pública en posesión de cualquier autoridad de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como de toda persona física o moral que reciba recursos públicos. 

El Subsistema de Transparencia del Estado será el encargado de coordinar las acciones de protección del derecho humano de acceso a la información pública, y funcionará a través del Consejo Estatal de Transparencia integrado por un representante de la Secretaría encargada del control interno del Poder Ejecutivo, quien lo presidirá; el órgano de control interno del Poder Legislativo y el del Poder Judicial; el órgano de control interno de cada uno de los organismos públicos autónomos así como de cinco representantes de los órganos de control interno de los ayuntamientos. 

En cuanto a las autoridades garantes, podrán señalar al Sujeto obligado que la información que deben proporcionar sea considerada como obligación de transparencia, verificarán que los sujetos den cumplimiento a la Ley y que sus obligaciones de transparencia sean públicas en sus portales de internet. 

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Además, esta autoridad será la encargada de atender las denuncias por faltas a las obligaciones de transparencia y podrán imponer multas o amonestaciones públicas a la persona servidora pública encargada de cumplir con la resolución. 

Esta Ley establece que la información no podrá invocarse de carácter reservado cuando se trate de violaciones graves de derechos humanos o de información relacionada con actos de corrupción acreditados, y se considera información confidencial la que contiene datos personales de una persona física identificada o identificable. 

Por otra parte, la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado, tiene por objeto establecer las bases, principios y procedimientos para garantizar el derecho de las personas a la protección de sus datos personales. 

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El Estado o sujeto obligado será quien garantizará el derecho a la privacidad de las personas y deberá velar porque terceras personas no incurran en conductas que puedan afectarla arbitrariamente.

Se establece también que el sujeto obligado deberá generar y mantener medidas de seguridad de carácter administrativo, físico y técnico para garantizar la protección de los datos personales, así como realizar políticas internas para la gestión y tratamiento de los datos, definir las funciones y obligaciones del personal involucrado en el tratamiento de datos personales, elaborar un inventario de datos personales, entre otras actividades.

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