Giran tres órdenes de aprehensión por accidente minero en Sabinas

septiembre 4, 2022
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Sabinas, Coahuila.- La Fiscalía General de la República (FGR) anunció este domingo que consiguió tres órdenes de aprehensión en contra de igual número de personas que no se presentaron a declarar por el caso del pozo de carbón explotado por la empresa minera El Pinabete, donde 10 trabajadores quedaron atrapados el pasado 3 de agosto.

A través de un comunicado, la FGR dio a conocer que desde el 5 de agosto inició una investigación  y para el 11 de agosto se solicitó una audiencia judicial en contra de una persona por su probable responsabilidad en los actos de dirección y administración en la explotación ilícita del subsuelo que es un bien de la Nación.

Después se acreditó que otras dos personas incurrieron en una responsabilidad penal al haber permitido que de manera ilegal se realizaran actividades de explotación del carbón mineral en el pozo minero ubicado en la población de Agujita, municipio de Sabinas.

Sin embargo, los probables responsables no acudieron a la cita judicial correspondiente, por lo que un juez giró las tres órdenes de aprehensión referidas por la probable comisión del delito previsto y sancionado en el artículo 150 en relación con el 149 de la Ley General de Bienes Nacionales.

Para la FGR,  estos hechos constituyen el delito de explotación ilícita de un bien que pertenece a la Nación, previsto y sancionado en el artículo 150 de la Ley de Bienes Nacionales, tratándose de un delito de acción permanente y dolosa, en los términos señalados en el Código Penal Federal, fundamentalmente, en sus artículos 8, 9 y 13.

Y es que tan sólo el artículo 19 indica que “se sancionará con prisión de dos a doce años y multa de trescientas a mil veces el salario mínimo general diario vigente para el Distrito Federal a quien, vencido el término señalado en la concesión, permiso o autorización que se haya otorgado para la explotación, uso o aprovechamiento de un bien sujeto al régimen de dominio público de la Federación, no lo devolviere a la autoridad correspondiente dentro del término de treinta días naturales siguientes a la fecha de notificación del requerimiento administrativo que le sea formulado”.

Mientras que el artículo 150 señala que: “La pena señalada en el artículo anterior se impondrá a quien use, aproveche o explote un bien que pertenece a la Nación, sin haber obtenido previamente concesión, permiso o autorización, o celebrado contrato con la autoridad competente”.

Aun cuando la FGR no precisó los nombres de los sujetos en contra de los que se giraron las órdenes de aprehensión, hace un par de semanas citó a Cristian «N», supuesto dueño de la mina, además de que hace un par de días se catearon las oficinas de El Pinabete.

Por otra parte, desde el primer día del accidente, El Coahuilense documentó, según el Registro Público de Minería, que la concesión del pozo carbonero es propiedad del político y empresario, Régulo Zapata Jaime, a quien la Comisión Federal de Electricidad (CFE) acaba de otorgarle un contrato por 55 millones de pesos para abastecer de mineral a la carboeléctrica “Carbón II”, localizada en Nava Coahuila. No obstante, ninguna autoridad ha referido su nombre jamás.

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